En estos transes de repartijas, otorgando títulos de propiedad a diestra y siniestra, conforme a ley, deberían ser legalizados por un Notario Público y en una de estas diligencias, acudió a la Notaría de la Dra. Mónica Ruiz Castillo.
Como el título que otorgó fue cuestionado por ilegal, entre muchos otros, que son materia de otros procesos judiciales, no tuvo mejor alternativa que culpar a la señora Notario en el sentido que élla le falsificó su firma, sello y hasta su huella digital.
Y qué bueno que se lo habría dicho al oído o en su despacho, utilizó a la prensa de su entorno y la denunció durante un año, con publicaciones infamantes, a tal punto que los clientes de su notaría se ausentaron, porque con tales denuncias, perdió credibilidad.
Lo relevante de toda esa campaña fue que, por más pedidos que hizo para que se retracte, le llegó altamente y siguió en su campaña.
Por lo que se dio inicio a un proceso de esclarecimiento primero, pasando por peritajes a los que pretendió manejarlos a su favor con peritos de parte; pero también intervinieron peritos oficiales, los que determinaron que, efectivamente sí le pertenecían su firma y huella digital.
Con todos esos recaudos, pruebas y testimonios que demuestran la MEGA MENTIRA de Gilmer Ananías, la Dra. Mónica Ruiz, después de más un año, acudió al poder judicial en una QUERELLA POR DIFAMACIÓN AGRAVADA, emplazándolo para que demuestre lo contrario, incidiendo sobre el enorme daño moral que le causó, cuya reparación no ha de tener equivalencia pecuniario; por lo que lo ha fijado en la suma de UN MILLÓN DE SOLES, demanda que como se puede apreciar en los documentos que colocamos al costado, ya ha sido admitida por el Juez de la causa, Dr. JOSE LUIS TORRES BALLENA, habiendo ya notificado la presente resolución al querellado a quien volveremos a verlo en el banquillo de los acusados, cumplidos los CINCO DÍAS de plazo, se supone que con sus abogados deberá ponerse a derecho para la primera audiencia, teniendo en cuenta que estos procesos judiciales son de carácter SUMARIO a diferencia de los procesos ordinarios en los que los procesados pueden tinteri
llar y alargar por mucho tiempo.
Lo relevante de este caso es que, la querellante, además de frondosos testimonios, testigos y evidencias a su favor, tiene la Resolución del JNE que lo bota del cargo, precisamente por el manejo ilegal en la venta de terrenos de la comuna, lo que echaría por tierra todo argumento para defenderse y por sí fuera poco, los bienes de su pertenencia, ya han sido identificados para que puedan garantizar el pago de la reparación civil que se le está solicitando.
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