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viernes, 31 de diciembre de 2010

Ley de Areas Naturales Protegidas

Las Areas naturales Protegidas son los espacios continentales y/o marinos del territorio nacional, expresamente reconocidos y declarados como tales, incluyendosus categorías y zonificaciones, para conservar la diversidad biológica y demás valores asociados de interés cultural, paisajístico y científico así como por su contribución al desarrollo sostenible del país. Las Areas Naturales protegidas, constituyen patrimonio de la nación natural debe ser mantenida a perpetuidad pudiendo permitirse el uso regulado del área y el aprovechamiento de recursos, o determinarse la restricción de los usos directos.

como objetivos:

a. Asegurar la continuidad de los procesos ecológicos y evolutivos, dentro de áreas suficientemente extensas y representativas de cada una delas unidades ecológicas del país.
b. Mantener muestras de los distintos tipos de comunidad natural, paisajes y formas fisiográficas, en especial de aquellos que representan la diversidad única y distintiva del país.
c.Evitar la extinción de especies de flora y fauna silvestre, en especial aquellas de distirbución restringida o amenazadas.
d. Evitar la pèrdida de diversidad genética.
e. Mantener y manejar los recursos de la flora silvestre, de modo que aseguren una produccción estable y sostenible.
f. Mantener y manejar los recursos de la fauna silvestre, incluidos los recursos hidrobiológicos, para la producción de alimentos y como base de actividades económicas, incluyendo las recreativas y deportivas.
g. Mantener las bases de los recursos incluyendo los genéticos, que permita desarrollar opciones para mejorar lsos sitemas productivos, encontrar adaptaciones frente a eventuales cambios climáticos perniciosos y servir de sustento para investigaciones científicas, tecnológicas e industriales.
h. Mantener y manejar las condiciones funcionales de las cuencas hidrográficas de modo que se aseguren la captación, flujo y calidad del agua, y se controle la erosión y sedimentación.
i. Proporcionar medios y oportunidades para actividades educativas, así como para el desarrollo de la investigación científica.
j. Proporcinar medios y oportunidades para el monitoreo del estado del medio ambiente.
k. Proporcionar oportunidades para la recreación y el esparcimiento al airelibre, así como para un desarrollo turístico basado en las características naturales y culturales del país.
l. Mantener el entorno natural de los recursos culturales, arqueológicos e históricos ubicados en su interior.
m. Restaurar ecosistemas deteriorados.
n. Conservar la identidad natural y cultural asociada existente en dichas áreas.

GOBIERNOS DESCEMTRALIZADOS

Los Gobiernos Descentralizados de nivel regional podrán gestionar, ante el ente rector a que se refiere la presente ley, la tramitación de la creación de un área de Conservación Regional en su jurisdicción, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 7 de la presente ley. Las áreas de Conservación Regional se conformarán sobre áreas del Sistema Nacional. En todo caso, la autoridad nacional, podrá incorporar al SINANPE aquellas áreas regionales que posean una importancia o trascendencia nacional.
Cada área natural protegida tiene un jefe de área, designado por INRENA (ahora SERNAP)para las áreas protegidas de carácter nacional, o por los gobiernos descentralizados de nivel regional en caso de áreas de Conservación Regional. La Gestión de las áreas de Conservación Privada se sujeta a su respectivo plan maestro. Cada área Natutal Protegida excepto las áreas de conservación Privada, contará con el apoyo de un Comité de Gestión integrado por representantes del sector público y privado que a nivel local, tengan interés o injerencia en el área protegida, aprobado por el INRENA o los gobiernos regfionales según sea el caso.
Los comités de Gestión son competentes para: a. Proponer las políticas de desarrollo y planes del ANP para su aprobación por la autoridad nacional competente, dentro del marco de la política nacional sobre áreas protegidas. b.- Velar por el buen funcionamiento del área, la ejecución de los planes aprobados y el cumplimiento de la normatividad vigente. c.- Proponer medidas que armonicen el uso de los recursos con los objetivos de conservación del área Natural Protegida. d.- Supervisar y bcontrolar el cumplimiento de los contratos y/o convenios relacionados con la administración y manejo del área. e.- Facilitar la coordinación intersectorial para apoyar la gestión de la administración del ANP. f.- Proponer iniciativas para la captación de recursos financieros.
El estado reconoce y promueve la partiipación privada en la gestión de las áreas Naturales Protegidas. Para ello se podrá suscribir u otorgar, sea por el INRENA (SERNAP) o por las autoridades competentes a nivel nacional, regional o municipal, según sea el caso:
a. Contratos de Adminstración del área
b. Concesiones para la prestación de servicios económicos dentro del área.
c. Contratos para el aprovechamiento de recursos del sector.
d. Convenios para la ejecución de proyectos o porgramas de investigación y /o conservación.
e. Autorizaciones y permisos para el desarrollo de actividades menores.
f. Otras modalidades que se establezcan en la legislación.

EL SERNANP

El Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado, es un organismo público técnico especializado del Ministerio del Ambiente, con personería jurídica de derecho público interno y constituye pliego presupuestal. El SERNANP ejerce su competencia a nivel nacional.

LAS RESERVAS COMUNALES

RESERVA COMUNAL CAYU NAIN, tiene una extensión de 23,597.76 Hás. que involucra a once comunidades del distrito de Aramango e Imaza.


EN AMAZONAS TENEMOS 02 RESERVAS COMUNALES:

-Chayu Nain - Aramango e Imaza
-Tuntunain - El de Cenepa.

Régimen Especial para la Administración

El régimen especial se establece mediante Resolución de Intendencia Nº 019-2005-INRENA-IANP, a fin de regular la administración y manejo participativo de las Reservas Comunales, entre el Estado, las Comunidades Campesinas o Nativas y la población organizada.

Beneficio de las Reservas Comunales

Son considerados beneficios de las Reservas Comunales: Colindante y uso directo de los recursos naturales en forma sostenible.
La identificasción de los beneficiarios debe ser conducida por las comunidades Locales del ámbito involucrada en su establecimiento.

OFICINA DE RESERVA COMUNAL CHAYU NAIN – SERNANP

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