CAJAMARCA.-(Corresponsal)
Con fecha 14 de marzo las empresas MUTE MISA representada por su Gerente
Marcial Octavio Herrera Bernal, EMPRESA DE TRANSPORTE CIELO EIRL, representada
por su gerente general Paulino Bustamante Hoyos, la EMPRESA ESMUL CARRASCO
HNOS. con su gerente Víctor Carrasco Carrera, presentaron denuncia penal ante
la Fiscalía Penal Corporativa de Cajamarca contra el alcalde RAMIRO BARDALES
VIGO por haber nombrado como SUB GERENTE
DE VIABILIDAD Y TRANSPORTE al ciudadano
JORGE GONZALES ROMERO, sin contar con el
perfil exigido y normado por el Manual de Organización y Funciones (MOF) de la
Municipalidad Provincial de Cajamarca aprobado con Res. Nº 413-2009-A-MPC,
siendo los requisitos mínimos: a) Título profesional universitario de Ingeniero
Civil, b).-Estar habilitado para el servicio. c).- Experiencia en el área.
Requisitos que son concluyentes y no excluyentes, los cuales deben ser
cumplidos por los candidatos a ocupar este cargo.
Con fecha 18 de noviembre - 2011 el alcalde
designó como gerente en el cargo antes mencionado al ciudadano Jorge Noé
González Romero (quien no es Ingeniero Civil, por tanto, no cumple con el
perfil para dicho cargo; PEOR AUN dicha gerencia no figura en el CAP (Cuadro de
Asignación de Personal), dicho funcionario es CORONEL PNP en retiro que gana sueldo como tal del
Estado, por lo que además de ser un
delito grave, implica un manejo irresponsable del gobierno local para llegar al
extremo de crear plazas no contempladas e inexistentes, tan sólo para acomodar
a sus amigos.
Los denunciados no pueden exculparse de
desconocimiento de la norma, ya que está plasmada en el Manual de Organización
y Funciones de la MPC, además junto con este tipo de nombramiento ilegal e
indebido en cargo público, también se asocia al delito de ABUSO DE AUTORIDAD,
debido a que el sujeto está concretando un manifiesto abuso de poder, haciendo
mal uso de sus atribuciones.
El nombramiento de GONZALEZ ROMERO persona
ilegalmente idónea, reúne los elementos de TIPICIDAD ANTIJURIDICO Y CULPABLE,
por tanto, todos los actos administrativos realizados y formados por este
ilegal funcionario deben ser declarados NULOS en el acto.
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