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martes, 8 de abril de 2014

Goyo podría ser absuelto?


Nota del Director: al margen de cualquier discrepancia ideológica, nos ha parecido muy esclarecedor el comentario que publicó LA REPUBLICA a comienzos de la semana que termina y lo hace el reconocido analista Ricardo Uceda, que, siendo de interés especial para esta parte del país, nos parece una clarinada de alerta de lo que podría ocurrir, si los jueces se ciñen en sus principios de administrar JUSTICIA REAL, se proyecta muy inquietante y nos previene no hacerse muchas ilusiones.

Ricardo Uceda

   El  31 de marzo, debió realizarse la audiencia de control de acusación del cargo de incitación al secuestro agravado que hace el Ministerio Público contra el actual presidente del Gobierno Regional de Caja marca, Gregorio Santos. No se produjo por la huelga judicial. Es un caso viejo, pero cobra importancia porque se produce el año en que Santos postulará a la reelección. ¿Podría, bajo determinadas circunstancias, traerse abajo su candidatura? La situación es compleja, en un terreno sin delimitación entre la justicia especial y la ordinaria.
     Los defensores de Santos, que no son pocos entre personajes ambientalistas y de la izquierda, se preguntan por qué han resucitado penalmente acontecimientos de hace nueve años. De otra parte, las organizaciones feministas y de derechos humanos han observado la situación como si se produjera en otro país. La suspicacia por la acusación tardía es natural. La denuncia penal de Petronila Vargas fue recibida por el Ministerio Público recién el 28 de febrero del 2012. Podría haber una intención política, claro. Pero también podría haber delito. No es infrecuente que en estos casos la escopeta tenga dos cañones.
   El fiscal Briceño elaboró un acta de la asamblea de noviembre del 2004, que fue suscrita por él y por el teniente de la policía Héctor Idrogo. Los dirigentes ronderos se negaron a firmarla pero Briceño los menciona a todos, entre ellos, los tres a quienes años más tarde la denuncia fiscal consideraría como coacusados: Elianita Zabaleta, presidenta de la Federación Regional de Rondas Campesinas de San Ignacio; Gregorio Santos, secretario de Educación y Cultura de la Federación Regional de Rondas Campesinas; e Ydelso Hernández, presidente de la Federación Subregional de Rondas Campesinas de Jaén. Estaban reunidos, según el acta, unos doscientos comuneros. A ellos se dirigió el representante del Ministerio Público para que, de acuerdo con la Constitución Política, respetaran los derechos humanos de la persona a la que tenían retenida. El teniente Idrogo intervino en el mismo sentido. Luego habló la acusada, quien hizo una confesión sorprendente.
   Siete años y medio después, el fiscal Briceño, quien ahora ejerce en el Ministerio Público del Callao, envió un informe ratificando su versión al fiscal del caso, Erland Sánchez. En el escrito Briceño sostiene que Santos era uno de quienes dirigían la reunión y que se pronunció en contra de que Petronila Vargas fuera puesta a disposición del Ministerio Púbico. Santos, según el fiscal,  dijo que la entrega  se produciría cuando ella hubiera cumplido el castigo impuesto por la asamblea. Se acordó, por mayoría, que ella sea sometida a la “cadena rondera”, esto es,  a un proceso en el que el culpable de algún delito es llevado de caserío en caserío para hacer trabajos comunales forzados. En el trayecto se le imponen, eventualmente, castigos físicos: ejercicios, azotamientos, baños con agua helada. Por lo común estos penitentes ya han confesado, de suerte que la cadena ronderil  sirve para que se reforme y reivindique ante la comunidad. Ahora bien, esto es legal en el sistema jurídico peruano. ¿Por qué entonces Santos tendría que ir treinta años a prisión, como pide el fiscal con base en las penas previstas para secuestro agravado? 
     Ahora volvamos a la asamblea del 31 de marzo del 2005. ¿Estaban las rondas procesando a una asesina?

     La fiscalía aduce que los ronderos debían entregarle a Vargas porque la investigación del crimen de Mera estaba a su cargo. Pero actualmente no hay ninguna ley que determine cuáles delitos asumen las rondas y cuáles otros no. El Poder Judicial ha enviado al Congreso un proyecto para delimitar la jurisdicción, reservando, por ejemplo, para la justicia ordinaria, los asesinatos y violaciones. Pero la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afro peruanos  del Congreso ha levantado esa reserva y aprobó por unanimidad que la justicia rondera pueda investigar todo, menos narcotráfico, crímenes de lesa humanidad y delitos contra el Estado. A comienzos de este año, las rondas de Pichampampa, en Otuzco, asesinaron a la anciana Elesmira Zárate, de 68 años, acusándola de brujería. Si un fiscal hubiera acudido para impedir su juzgamiento estaría usurpando funciones de la justicia intercultural.

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