En el Perú, actualmente, el más famoso
condenado a cadena perpetua es Abimael Guzman, fundador de Sendero
Luminoso, el más temible terrorista peruano que aterró durante años a todo el
país y es responsable de multitud de asesinatos, atentados y actos de
violencia. Se entiende que al máximo terrorista se le asigne la máxima pena.
En este contexto peruano afirmar
públicamente y por escrito de un ciudadano, con nombre y apellidos, que debe
ser castigado con cadena perpetua, como Abimael Guzmán, sin aducir
ninguna prueba fundada de sus actos de terrorismo o similares, constituye un gravísimo
delito contra el honor y la buena reputación que debe ser denunciado y
penalizado conforme a derecho (Art 2° numeral 7 de la Constitución).
«La Fiscalía Superior
Mixta de Bagua mediante el dictamen fiscal nº 043-2012-MP-DJA-FSMDT-B ,formula
acusación contra Segundo Alberto
Pizango Chota, Joel Shimpukat Atsasua, Leo Timias Tananta, Santiago Manuin
Valera, Hector Orlando Requejo y José Gilberto Chale Romero como INSTIGADORES
y a Feliciano Cahuasa Rolín, Ronal Requejo Jima y Danny López Shawit como AUTORES
DIRECTOS del delito contra la seguridad pública-Peligro Común en
su figura de arrebato de armamentos o municiones de uso oficial y SOLICITA
SE LES IMPONGA A CADA UNO DE LOS ACUSADOS CADENA PERPETUA y el pago de la suma de quinientos nuevos
soles por concepto de reparación civil a cada uno de los acusados»
La dureza extrema del Dictamen Fiscal
contra los 53 procesados de la Curva del Diablo y especialmente contra los
nueve máximos responsables, aparece clara y escandalosa en el texto original del
Dictamen que ofrecemos encuadrado en la columna siguiente. Es el texto más
significativo de todo el Dictamen y el más discutible por la enorme
desproporción entre delito y pena: por un solo arrebato de arma, según las
cuentas de los fiscales, han de penar 9
padres de familia toda su vida en la cárcel y destrozarse sus familias
reducidas a 9 viudas y una cincuentena de hijos huérfanos. ¿Todo ese
sufrimiento de 9 hombres y sus familias
durante años y años hasta que el padre se muera en la cárcel, se puede
justificar como castigo de un arrebato de arma? Este arrebato pudo haber
sucedido así: un supuesto nativo manifestante desarmado es sorprendido en la
curva por un super armado que le amenaza
apuntándole con el akm y el amenazado, sin pensárselo mucho, decide recurrir a
la legítima defensa y consigue arrebatarle el arma con que le apuntaba. ¿Esto
es un delito tan terrible que merezca una cadena perpetua? ¿No comete mayor
delito el armado que amenaza a un desarmado y luego lo mata o lo hiere
gravemente? Pues en el Dictamen el
homicidio cualificado se castiga con 35 años, mientras el arrebato de arma con
cadena perpetua.
PERO LO MAS GRAVE DEL
DICTAMEN FISCAL ES IGNORAR TOTALMENTE A
LAS VICTIMAS NATIVAS DE LA CURVA DEL DIABLO. Después de cinco años de informes, investigaciones y publicaciones sobre los
sucesos del baguazo no se puede hoy hablar de ellos como lo hacían el mismo día
5 y siguientes desde el balcón presidencial, la PCM, el congreso y algunos
medios condenando a los nativos como terroristas y únicos responsables de todos
los males de aquel fatídico viernes 5 de junio.
No se puede olvidar, si uno es honesto, que
el primer muerto por bala de AKM en el cerro de la Curva fue el joven awajún
Jesús Carlos Timias de Japaime Escuela enterrado en Sta. María de Nieva el día
12 de Junio siguiente; e inmediatamente
después fue gravemente herido de bala de AKM Santiago Manuin Varela, la más
famosa víctima sobreviviente de aquel terrible amanecer del día 5 de Junio que desde
entonces todavía continúa enfermo como consecuencia de aquel balazo. Sin
embargo los fiscales le han
seleccionado, injuriándole calumniosamente, como instigador de todos los
delitos y por tanto listo para ser encarcelado de por vida, ¡exactamente igual
que Abimael Guzmán!. Y junto con los otros «arrebatadores». ¡Aberrante!.
Tampoco se pueden olvidar otros tres muertos
nativos allí fallecidos por bala y varias docenas de heridos (82 atendidos en
hospitales y otros muchos curados de cualquier manera o todavía sin curar). Con
sólo lo dicho se puede concluir esta página hoy afirmando que es muy flaco y
peligroso el servicio que pueda prestar el Dictamen Fiscal a una verdadera
justicia que no puede cerrar los ojos ante los hechos ni posicionarse
partidistamente . Queda la posibilidad de que los jueces, en el ejercicio de su
absoluta independencia, no se dejen instigar por ese Documento tan penoso para
todos. Ojalá sea así. (Fermín Rodríguez Campoamor)
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