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miércoles, 5 de noviembre de 2014

Desde el púlpito: candente alegato del Párroco de Chiriaco por libertad de uno de los encarcelados por el Baguazo

     Por primera vez esta hoja parroquial de Chiriaco ha utilizado el domingo pasado estas tres letras internacionales (S.O.S.) para pedir una ayuda urgente,  de quien sea y desde donde sea, en favor de FELI CIANO CAHUASA, padre de familia con hijos menores (su hija mayor enferma crónica de hipotiroidismo) y profesionalmente militar del Ejército Peruano desde 1994 al 2003:10 años en los que arriesgó su vida en defensa de su Patria en el último conflicto con El Ecuador de 1995 y continuó defendiendo nuestra frontera durante ocho años más en el grado de sargento reenganchado con la especialidad de instructor militar.
No está oficialmente en manos enemigas sino en manos de esos funcionarios del mismo Estado que siguen castigando y negando libertad a un hombre que no es ningún criminal sino un patriota víctima de quienes lleva ron armas de guerra a la curva del Diablo no para matar pajaritos sino para disparar contra personas humanas de peruanos y patriotas que reclamaban sus derechos reconocidos internacionalmente. No hay ninguna razón jurídica para su detención. Por el contrario, existe una ley explícita que exige para Feliciano « libertad inmediata»: el artículo 135 del Código Procesal Penal. Este ciudadano peruano probadamente inocente,  es el más castigado por el Poder Judicial en el presente Juicio Oral sobre los sucesos sangrientos de la Curva del Diablo. Volvemos a repetir el mismo S.O.S de auxilio en favor de él porque, aunque parezca mentira sigue gozando de estas 9 discriminaciones:
1. El es el único apresado de los  53 procesados o sea el único encarcelado privado de libertad ambulatoria. Todos los demás disfrutan de esta libertad y viven con sus familias;
2. El es el único de los 53 custodiado por dos policías día y noche en una casa-cárcel extraña que el Poder Judicial (Sala Penal Liquidadora de Bagua) le obligó a alquilar en el radio urbano de Bagua (Jirón Piura, n° 450);
3.El es el único de los 53 que no puede regresar, después de cada  audiencia  judicial a su casa como todos los demás sino que, tres policías, al menos, lo esperan para llevarlo a su casa-cárcel en un carro patrullero;
4. El es hoy el único de aquellos tres nativos (ASTERIO, DANNY Y FELI CIANO) que fueron la «HERIDA ABIERTA» por el Poder Judicial que desde el mismo año 2009 los retuvo encarcelados como si ellos fuesen los supremos responsables de aquellos sucesos y no sus principales víctimas. El P.J. ha  permitido este año 2014 vivir con su familia a los otros dos (DANNY en Junio y Paantam; y ASTERIO en Setiembre y Epémimu). Esto ha supuesto  para FELICIANO un mayor  sufrimiento y humillación ante la facilidad con que los otros 2 compañeros de prisión fueron liberados y él de nuevo encarcelado;
 5.El es el único de los 53 que, con mucha diferencia, supera a todos los demás en castigo real ya sufrido de encarcela miento  continuo durante 5 años y 4 meses desde el 6 de Junio del 2009 al día de hoy en Octubre 2014.
6. Es el único entre los 53 obligado a mendigar cada día su alimentación para él y  su familia sin recursos viviendo gracias a la caridad pública.
7.  Es el único entre todos los 53 que sigue  castigado con esa novedosa y engañosa condición penal llamada DETENCION O ARRESTO DOMICILIARIO inventada por dos vocales de la Sala Liquidadora de Bagua en contra de su Juez y Presidente («voto en discordia» en el  expediente  2009-0460-0107 de fecha 15 de Diciembre del 2011. Este invento jurídico (o sacha jurídico) fue aplicado literalmente en los mismos casos posteriores de DANNY (Julio 2012) y FELICIANO (Mayo 2014).
8. Es el único que se en cuenta en la escandalosa situación de exceso de carcelería que ya ha alcanzado en Octubre 10 meses sobre el limite permitido por ley para las dos carcelerías preventivas que ya ha cumplido de 3 años (Curva del Diablo) y 18 meses (caso mayor Bazán). O sea  Feliciano hace 10 meses que por ley debería haber salido en libertad.
 9. A nadie de los 53 procesados ha negado el Sr. Presidente por tres veces una solicitud de variación solicitada por la abogada de Feliciano en busca de su libertad.

PERO EN LA AUDIENCIA DEL JUEVES ÚLTIMO  la Sala que los viene juzgando, resolvió con ceder LIBERTAD VIGI LADA EN SU COMUNIDAD   al aludido FELICIANO CAHUASA, para regocijo de quienes pugnaban por su libertad, faltando los resultados finales que serán el próximo año, posiblemente.

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