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lunes, 18 de junio de 2012

Carta notarial


Teníamos pendiente desde hace tiempo este tema que ha de ser de mucho interés no solamente para los que conducimos un medio de prensa.
  En lo que a ¡Nor Oriente! respecta, si hiciéramos un recuento de las cartas notariales rectificatorias o aclaratorias que nos han hecho llegar en estos 33 años y medio de trajinar, tranquilamente podríamos armar un libro, que solamente serviría para ver el grado de ignorancia o de soberbia que reflejan muchas de éstas.
  Somos conscientes de la obligatoriedad que la misma Constitución Política prescribe para que se publiquen, pero tampoco podemos actuar por el miedo a las amenazas que por lo general conllevan dichas cartas, si sabemos que no hemos cometido la infracción a la que se refieren.
  Felizmente, estas cartas notariales rectificatorias están normadas por la Ley 26847 y eso nos permite pisar en suelo firme y no dejarnos amedrentar por subterfugios legaloides.
  ¿Quiénes son los que recurren a las cartas notariales? Generalmente son los funcionarios o autoridades cuyo accionar  es cuestionable y deja «huellas» por las que se les denuncian. Pero, como les gusta el blindaje, creen que con una carta notarial van a limpiarse y maquillar su imagen o van a asustar al conductor del medio para que ya no siga denunciándolo.
  Lógico en este vocero, como en muchos otros, (suponemos) lo que más cuidamos es ESO, precisamente, que lo que aquí se difunda o publique, esté debidamente sustentado y si es publicación de parte o aviso contratado, que es un derecho que tienen todos los medios para dar cabida a quien quiera hacer denuncias, bajo las responsabilidades de ley, como se sobreentiende, el Director, no asume las con secuencias de lo publicado; sin embargo, existen muchos abogados, poco informados y son los que inducen a sus clientes a cometer estos errores, inclusive, un magistrado de la ex-Sala Mixta de Bagua, cometió este exceso por ignorancia, lo mismo que otro conocido abogado de Bagua Grande que hasta llegó a amenazar con «denunciarnos» para no seguir publicando lo que sus familiares decían de él.
  En fin, cartas aclaratorias o notariales nos han llegado de todo y por todo. Como anecdótica siempre recordamos la que a comienzos de la década del 80 nos hizo llegar el conocido delincuente «Cigarrón», que fue encarcelado por haber robado 15 quintales de café. Aquí se publicó que fueron 20 y él, desde la cárcel nos envió carta aclarando que «fueron 15». Otros, que pierden la brújula normativa y se lanzan en extensos alegatos, sin percatarse que este  es SEMANARIO, rabiosamente  ponen el término conocido «en 24 horas», es decir, como que habría que sacarles una publicación especial para publicar su carta. Otros, que le cambian de nombre y ponen «diario» y otros que hasta nos quieren impedir hacer bromas en la «página no muy seria».
 La más pintoresca fue la que nos remitió la ex-fiscal superior de Utcubamba quien, pese a dar cuenta de sus pergaminos, títulos, grados y especializaciones, no se percató de la ley de Rectificaciones y quiso «aclarar» sin ningún documento que demuestre que   fue falso lo publicado. Igual o peor sucede con don ANANIAS de Jaén y mucho más pintoresco con un prontuariado locutor que dice ser periodista de San Ignacio quien, pese a que en estas páginas se difundieron sus antecedentes sacados de la secretaría del juzgado de Cutervo, tuvo la osadía de mandar carta rectificatoria, reclamando por su «honra», su «buena reputación». Etc. y encima, amenazando a nuestro corresponsal.
 En resumen: no todas las cartas  notariales tienen cabida, si no se ajustan a lo establecido por ley. Peor aún si se trata de funcionarios públicos, la ley faculta publicar sus deslices las veces que sea necesario.
   Salvo mejor parecer.
             Nororientalmente:
      
                    EL DIRECTOR.

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