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jueves, 19 de diciembre de 2013

A los pueblos indígenas y a la opinión pública


AREA LEGAL DE AIDESEP.-               La criminalización y judicialización de la protesta amazónica, en especial contra nuestro dirigente  Alberto Pizango Chota, es una modalidad de persecución política implementada por el Estado y que tiene la forma de la instrumentalización de procesos penales. En el caso de la protesta amazónica esta práctica estatal se expresan por medio de diversos procesos penales sin fundamento legal o medios probatorios que lo sustenten. Son acciones legales promovidas por el Estado que tienen como única finalidad de sancionar y erradicar la protesta en contra del modelo político y económico. No buscan materializar la justicia ni el estado de derecho, sino castigar de manera ilegal a quienes él poder nos presente como “los perros del hortelano”.
 Son conocidos los procesos penales construidos como consecuencia de esta  protesta. Por ejemplo, las conferencias de prensa y pronunciamientos realizados por AIDESEP, un ejercicio elemental de la libertad de expresión, previos al 5 de junio del 2009, fueron denunciados como actos ilícitos y se abrió en Lima varias denuncias y procesos penales por apología del delito; por los sucesos en la “curva del diablo” se ha acusado a nuestro líder de ser el instigador del homicidio de policías, de lesiones a policías, daños a instalaciones públicas y privadas, del bloqueo de carretera, disturbios, etc.,  hechos por los cuales el Ministerio Público pide se le imponga a Alberto Pizango y otros dirigentes la pena de cadena perpetua. Y por los acontecimientos de la “Estación 6” donde lamentablemente fallecieron 10 efectivos policiales se le abrió otro proceso penal por el delito de secuestro y homicidio en agravio de efectivos policiales.
En todos estos casos las “pruebas” que sustentan las denuncias, procesos y acusaciones penales son: ser dirigente de AIDESEP, haber convocado a la protesta indígena, haber realizados conferencias de prensa en el congreso y en las oficinas de AIDESEP, tener ascendencia sobre sus hermanos indígenas, ser letrado. Ningún estado de derecho podría aceptar que los hechos antes señalados constituyen medios probatorios de actos criminales. Sólo en un país donde no existe un real equilibrio de poderes y un estado constitucional de derecho, los operadores del sistema judicial por influencia de los poderes fácticos, se ven en la necesidad, por múltiples intereses o temores, de renunciar  a su independencia.
  Estas prácticas estatales de persecución política tiene hoy un nuevo hito en el caso “Estación 6” donde se venía investigando los delitos de homicidio y secuestro, a pedido de la Fiscalía de Bagua y por disposición del Juzgado Liquidador de Bagua se amplía el proceso contra Alberto Pizango al delito de extorsión; es decir que las demandas de derogatoria de los decretos legislativos de Alan García, el pedido de que se cumpla con el derecho a la consulta previa,  el respeto a los derechos de los pueblos indígenas que fue exigido por la protesta en Bagua, es presentado hoy por estos operadores del sistema judicial como actos delictivos de extorsión, es decir que buscaban ventajas indebidas a favor de las comunidades. Esto es inaudito y nuestra organización no lo aceptará y lo combatirá con todas las armas que la ley occidental permite y nuestro derecho y cosmovisión nos mande.
 Esta nueva arbitrariedad de la que es objeto nuestro dirigente tiene varias finalidades en sí misma: La primera es pretender agravar la situación legal de Alberto Pizango ampliando los hechos de la “Estación 6” al delito de extorsión en la modalidad de instigación cuya pena con sus agravantes es de cadena perpetúa. En segundo lugar, al ver que no existen pruebas de instigación del delito de secuestro y homicidio calificado y extender los hechos al delito de extorsión pretenden asegurarse una nueva acusación donde se solicite otra cadena perpetua con nuestro líder.  En tercer lugar, y lo más grave de esta ampliación es que la Fiscalía y Juzgado de Bagua interpretan las demandas de los pueblos indígenas como actos extorsivos.
 Frente a esta forma de persecución política manifestamos y demandamos:
  a)    Que por medio de los procesos penales derivados de “Baguazo”, se establezca la verdad para sancionar a los verdaderos responsables de las muertes de peruanos. Que se vuelva a investigar en el Congreso de la República los hechos de Bagua, y la implementación y el cumplimiento por parte del Estado de los acuerdos a que se arribaron.
   b)    A la Sala Penal Liquidadora de Bagua, en el caso “Curva del Diablo”, solicitamos se dé una nueva audiencia de control de acusación, debido a que los jueces que resolvieron el traslado de competencia a Lima y que fueron derrotados legalmente en su pretensión ya fueron cambiados y que los nuevos jueces necesitan escuchar a las partes las observaciones a la acusación de cadena perpetua y los delitos y “pruebas que los sustentan”.
  c)     En el caso “Estación 6”, exigimos a la Fiscalía y Sala Superior de Bagua, a resolver conforme a derecho y la jurisprudencia nacional. Un sistema judicial garantista no puede interpretar la protesta de los pueblos indígenas como un acto extorsivo. Las actividades diligénciales de nuestro  líder al haber sido el vocero de la protesta, el haberse dirigido a ellos y al Perú por medio de conferencia de prensa, el ser dirigentes y presidente de nuestra organización, como argumentos de la participación en los delitos atribuidos como instigador de todos los hechos y delitos cometidos.

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