BAGUA GRANDE.-
(Radio La Voz) Después de casi tres años de visitar los pasillos del Poder
Judicial, de Bagua Grande, Bagua y Chachapoyas, finalmente la Corte de Justicia
de Amazonas, a través del magistrado unipersonal de Utcubamba, Celestino
Sánchez Vides, absolvió y declaró consentida en auto de sobreseimiento (no hubo
delito) a favor del docente Wilder Mego Pérez.
El profesor Mego fue procesado por estafa,
tras haber sido indemnizado por un juez de paz, que luego declaró “entregué por
error los cupones con el dinero al profesor”, y procedió a denunciarlo por
estafa. Esta historia judicial se inicia cuando el docente cae a un profundo
hueco que dejó en el frontis de su vivienda el consorcio Altavista, cuando esta
irresponsable empresa ejecutaba los trabajos de instalación de las redes de
agua y desagüe en Bagua Grande. Tras dicha caída, Wilder Mego denunció el hecho
y después de varios meses recibió de parte del ex Juez de paz de Utcubamba,
Santiago Guivin Meza y secretarios (aun continúan laborando) una indemnización
de 30 mil nuevos soles. Increíblemente, el magistrado salió afirmando “que la
víctima había sorprendido a sus secretarios”. Esto ocurrió a pesar que el mismo juez y
secretarios firmaron los cupones con las sumas de dinero. Tras estos hechos, el
incauto magistrado Guivin Meza, fue investigado infructuosamente por sus amigos
de la ODECMA y cambiado a otra sede judicial, mientras que el proceso pasaba
por manos de innumerables fiscales, jueces, vocales, que a todas luces hacían
honor al espíritu de cuerpo para apoyar al juez que entregó voluntariamente la
indemnización y que por hechos extraños que nunca se investigaron intentó
recuperar el dinero de Altavista. Finalmente en el presente mes de octubre un
magistrado Celestino Sánchez Vides, procedió a emitir el auto de sobreseimiento
y declaró fundado el retiro de la acusación fiscal por el delito de estafa en
contra del profesor, disponiendo sobreseerán forma definitiva el presente caso,
anulándose los antecedentes judiciales y policiales que hubiere generado el
presente proceso.
El juez indica en la resolución Nº06, que
el pedido de sobreseimiento la parte denunciante nunca formuló recurso
impugnatorio contra el auto final dentro del plazo establecido por ley, por lo
que el juez señala en la parte final de su sentencia que el caso es cosa
juzgada, y que nunca más podrá reaperturarse, terminado así una penosa
persecución judicial contra un modesto maestro, que lo único que buscaba era
justicia tras quedar imposibilitado físicamente por varios meses por culpa de
una insensata empresa, que tenía sus tentáculos hasta en el poder judicial.(
José Flores)
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